Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en alguno de los parques naturales del territorio asturiano (PARQUE NATURAL DE SOMIEDO, PARQUE NATURAL DE REDES, PARQUE NATURAL DE FUENTES DEL NARCEA, DEGAÑA E IBIAS, PARQUE NATURAL DE PONGA Y PARQUE NATURAL DE LAS UBIÑAS-LA MESA), deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía registro oficial (bien online  a través de registro telemático oficial o presencial) al Servicio de Espacios Protegidos de la Consejería de Medio Rural y Cohesión territorial. 

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En el caso del PARQUE NACIONAL DE PICOS DE EUROPA, deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía e-mail a registro@pnpeu.es.

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En lo relativo a ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía registro oficial (bien online  a través de registro telemático oficial o presencial) al Servicio de Espacios Protegidos de la Consejería de Medio Rural y Cohesión territorial. Estos espacios comprenden las siguientes categorías: ZEPA (Zona Especial Protección Aviar), ZEC (Zona Especial de Conservación), RAMSAR (Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional), Reservas de la Biosfera y por último, Espacios de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos.

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IMPORTANTE. Consultar apartado VUELOS DE DRONE en lo relativo a grabación por ese medio en zona natural protegida.

Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en dominio público marítimo-terrestre (playas y franja costera), deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía registro oficial (bien online a través de registro telemático oficial o presencial) a la Demarcación de Costas en Asturias. La autorización de la Demarcación de Costas será necesaria siempre, a excepción de aquellos casos en los que no se vaya a proceder a la ocupación del dominio público marítimo-terrestre con obras o instalaciones (fijas ni desmontables) ni al acotamiento de espacios; y sean retirados la totalidad de elementos utilizados al finalizar la actividad. En estos supuestos, la actividad no se considera sujeta al régimen de autorizaciones o permisos contenidos en la Ley 22/1988, de Costas, lo que haría innecesario el trámite de autorización por parte de la Demarcación.

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IMPORTANTE. Consultar apartado VUELOS DE DRONE en lo relativo a grabación por ese medio en zona costera protegida.

 

Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en carreteras locales, comarcales, regionales o nacionales, deberán contar con los permisos de las administraciones competentes en lo referido a su titularidad y mantenimiento, así como de regulación del tráfico y apoyo de la fuerza del orden, llegado el caso de cortes del tráfico rodado en la vía.

En lo relativo a titularidad, puedes consultar en este enlace el mapa* de carreteras de Asturias: MAPA DE CARRETERAS

*Sobre la leyenda en el mapa:

  • Vías marcadas en blanco (otras carreteras): titularidad local (ayuntamientos).
  • Vías marcadas en naranja, verde y amarillo (redes regionales, comarcales y locales): titularidad autonómica (Servicio de Conservación Explotación de Carreteras de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Gobierno del Principado de Asturias).
  • Vías marcadas en rojo, autopistas y autovías*: titularidad estatal (Ministerio de Transportes y Medio Ambiente). *Excepciones: AS-I, AS-II y AS-17 (parcial), titularidad autonómica.

En lo relativo a cortes permanentes o intermitentes de tráfico, deberá solicitarse la autorización a la Jefatura Provincial de Tráfico en Asturias. Puedes realizar el trámite siguiendo el modelo específico e indicaciones dispuestas aquí. En caso de aprobación, se derivará a la fuerza del orden competente en la zona solicitada.

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Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas con participación de menores de 16 años, deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía registro oficial (bien online  a través de registro telemático oficial o presencial) al Servicio de Relaciones Laborales del Gobierno del Principado de Asturias. No existiendo una legislación específica al respecto en el Principado de Asturias, la normativa básica de cumplimiento será la vigente en territorio nacional en lo relativo a artistas en espectáculos públicos, prevención de riesgos laborales y Estatuto de los Trabajadores.

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Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas con participación de animales en el set, deberá cumplimentarse este modelo y hacerlo llegar vía registro oficial (bien online  a través de registro telemático oficial o presencial) al Dirección General de Ganadería y Sanidad Animal del Gobierno del Principado de Asturias. Junto al mencionado modelo, deberán adjuntar un informe de descripción del proyecto (en que consiste, condiciones y duración del mismo), días de celebración y lugar, relación de animales (número y especies) e identificación y origen de los animales. 

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Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en las inmediaciones e instalaciones de estaciones de tren, apeaderos y otras infraestructuras de ADIF, deberá contactarse a través de este formulario o bien vía mail a rodajes@adif.es. La ocupación de espacios gestionados por ADIF deriva en un coste estipulado mediante tarifario público, consultable aquí.

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En caso de que los proyectos tengan vinculación con instalaciones de RENFE, deberán comunicarse con la operadora a través de este formulario.

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Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en las inmediaciones e instalaciones del Aeropuerto de Asturias, deberá contactarse con la Sección de Servicios y Comercial del Aeropuerto de Asturias (AENA) vía mail a info-ovd@aena.es. AENA estipula y actualiza anualmente su tarifario de ocupación para proyectos audiovisuales, que puedes consultar aquí (página 54).

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IMPORTANTE. Consultar apartado VUELOS DE DRONE en lo relativo a grabación por ese medio en zona restringida de influencia aeroportuaria.

El uso de aeronaves civiles pilotadas por control remoto, drones, está regulado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento.

Todo operador de un dron profesional deberá estar acreditado y es su deber adecuar sus documentos y procedimientos a los nuevos marcos legales que aparezcan, debiendo velar su aplicación, así como posibles requerimientos por AESA, en el marco de las inspecciones de control normativo que pudieran llevarse a cabo.

Más información y normativas, clique aquí.

Para rodajes, grabaciones o sesiones fotográficas en Asturias con empleo de drone, deberá comprobarse que el vuelo no se realiza sobre zonas prohibidas, restringidas o protegidas al vuelo de drone.

En Asturias existen múltiples zonas de protección natural o ambiental (véase ZEPA, ZEC, RAMSAR, Reservas de la Biosfera, Espacios de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos, etc), así como aeropuerto, aeródromo, helipuertos y puertos. En cualquiera de estos supuestos, deberá contarse con la autorización de la administración u organismo competentes.

Puede consultar la zonificación y los organismos vinculados a las autorizaciones en la página oficial de drones de ENAIRE o en otras herramientas consultivas como ICARUSPA.